Curaduría Urbana 2 de Villavicencio
Las radicaciones de Licencias Urbanísticas de Urbanización, construcción, Parcelación y otras actuaciones realizadas por este medio, se entenderán de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.1.2 del decreto 1077 del 2015, radicadas de manera incompleta, hasta tanto no se radique la información original y completa en las dependencias de la Curaduría Urbana Segunda de Villavicencio dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes so pena de entenderse desistida la solicitud.